domingo, 10 de mayo de 2015

LA DENUNCIA PENAL COMO PRUEBA - CASACIÓN 41.724 (16-04-15) SISTEMA PENAL ACUSATORIO

CASACIÓN PENAL No. 41.724 (16-04-15)
MP. LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
Tomado de Boletín 20 C.S.J. del 07-05-15

LA DENUNCIA PENAL COMO PRUEBA

TEMA: SISTEMA PENAL ACUSATORIO - Pruebas: denuncia como prueba / FALSO JUICIO DE IDENTIDAD - Configuración

«En algunos casos la denuncia se torna en prueba, cuando es aportada a través del debate probatorio propio del juicio oral y público, convirtiéndose como en el presente evento, en el objeto propio del ilícito y, por consiguiente, merece especial análisis por los juzgadores en las respectivas instancias, ya no frente a los requisitos formales como medio de información sino en su contenido material, esto es, en la veracidad de las afirmaciones contendidas en la misma, sin que ello signifique un juicio anticipado sobre la responsabilidad que de ella se pueda derivar en contra de un tercero.

Es por ello posible que, al erigirse en un elemento de convicción, en el proceso de su contemplación probatoria se incurra en un falso juicio de identidad, en el supuesto de que el sentenciador distorsione su contenido y le confiera un alcance diferente a la realidad, ya sea por cercenamiento, adición o distorsión.
(...)

En ello consistió el falso juicio de identidad por cercenamiento que se reprocha, en la omisión de los sentenciadores de considerar como un todo la denuncia, su ampliación y los elementos probatorios que la respaldaban».

JURISPRUDENCIA RELACIONADA:
Rad: 30948 | Fecha: 05/05/2013 | Tema: CASACIÓN - Principio de prioridad: Cargos que pretendan la absolución prevalecen frente a la nulidad
Rad: 40733 | Fecha: 19/03/2014 | Tema: CASACIÓN - Principio de prioridad: Cargos que pretendan la absolución prevalecen frente a la nulidad

Rad: 33749 | Fecha: 22/07/2010

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