¿Censura o fallo ejemplar?
Un fallo de
la Corte Suprema de Justicia abre el debate de si las opiniones en internet son
libres o si pueden ser castigadas con cárcel.
Miles
de colombianos podrían ir a la cárcel si hace carrera la polémica
decisión que acaba de tomar la Corte Suprema de Justicia de condenar a 18 meses
de prisión y multar con 9,5 millones de pesos a un internauta que puso un
comentario ofensivo en una noticia publicada en El País de Cali.
El episodio
comenzó a finales de 2008, cuando Gonzalo Hernán López, tras leer una noticia
sobre un caso de corrupción de Emcali, escribió con un seudónimo lo siguiente:
“Y con semejante rata como es Escalante, que hasta del Club Colombia y
Comfenalco la han echado por malos manejos qué se puede esperar… el ladrón
descubriendo ladrones? bah! (sic)”.
El
comentarista se refería a Gloria Lucía Escalante, exgerente administrativa de
esa empresa y actual gerente de la Federación Nacional de Departamentos. Al leer
el comentario, la funcionaria demandó por calumnia e injuria al comentarista,
quien terminó siendo, según la Fiscalía, un trabajador de sistemas del Club
Colombia. Tras un largo proceso judicial, finalmente la Corte Suprema rechazó
la solicitud de casación de López. Por el contrario, ratificó la condena
impuesta en segunda instancia para dar un castigo ejemplarizante ante quienes,
usando la amplia difusión que tienen los medios y las redes sociales, buscan
provocar “un daño en la honra de la persona”.
Este fallo
ha puesto sobre el tapete un debate clave. ¿Está la Corte Suprema tratando de
recortar los límites de libertad de expresión en Colombia? o ¿va a tratar, vía
sentencias, de ponerle reglas y orden a un medio en el que la anarquía, el
libertinaje y el insulto son el denominador común? Ese debate es más candente
aún en un país en el que difícilmente se pueden encontrar casos de periodistas,
columnistas o personas que hayan sido condenados o enviados a la cárcel por
expresar sus opiniones. En últimas, el Estado ha preferido una libertad de
expresión con excesos a cambio de regular un tema complejo que genera altísimas
sensibilidades. El propio Belisario Betancur se llenó de prestigio como
presidente cuando dijo que prefería una prensa desbocada a una amordazada.
Pero una
cosa es la libertad de expresión y otra usarla para calumniar o injuriar a
quien se quiera, sin saber que hacerlo puede tener consecuencias penales. La
calumnia se configura cuando una persona sindica a otra de un delito penal. Por
ejemplo, al decirle ladrón, violador, estafador, homicida o chanchullero. Por
su parte, la injuria ocurre cuando se trata de imputarle a una persona
conductas deshonrosas, que afectan su buen nombre o su posición social. Las más
comunes son decirle a otro ‘hijueputa’, ‘cabrón’, ‘levantado’ o ‘cachón’.
Para hacer este tipo de afirmaciones se requiere demostrarlo con hechos y
con la verdad.
Si bien la
injuria y la calumnia están tipificadas en el Código Penal con penas de hasta
54 y 72 meses de prisión, respectivamente, nunca alguien ha sido encarcelado
por ese motivo en la historia reciente. En la mayoría de los casos las personas
se retractan públicamente, hacen las aclaraciones en los medios o se llega a
una conciliación. El penalista J. J. García, quien trabaja desde hace años para
varios medios de comunicación, dijo a SEMANA que hasta el momento no conocía
una pena como la impuesta al internauta López.
Esto se debe
a que en Colombia, frente a lo que ocurre en Estados Unidos o varios países de
Europa, hay un concepto muy amplio de la libertad de expresión y la Justicia es
mucho más permisiva. Mientras que allá, a diario, es común leer sobre demandas
multimillonarias a medios, periodistas, líderes de opinión, empresarios o
personas del común por todo tipo de afirmaciones, en Colombia son una
excepción. Es más, muchos periodistas sacan pecho cuando los demandan por
sus publicaciones.
Sin embargo
internet y los medios multimedia están creando un escenario nuevo en el que los
usuarios, personas del común, no tienen claridad sobre estos conceptos y se
dejan contagiar del estilo tirapiedra que allí impera. En internet, acogidos
por el anonimato, se atreven a decir en público lo que por lo general estaba
reservado para la vida privada. Un ejemplo es el famoso caso del estudiante
Nicolás Castro, quien en 2009 se comprometió a matar a Jerónimo Uribe, hijo del
entonces presidente. Tras pasar un tiempo en la cárcel sindicado de instigar al
delito, dos años después un juez lo absolvió y cerró el caso.
Quizá uno de
los personajes de la vida pública que más líos jurídicos ha tenido por hablar
de más de la cuenta es el hoy senador José Obdulio Gaviria. En más de una
ocasión el exasesor de la Casa de Nariño tuvo que retractarse de duras
afirmaciones hechas a través de la columna que tenía en el periódico El Tiempo.
El episodio más reciente ocurrió en abril cuando Gaviria se retractó de las
acusaciones que había hecho sobre tres sindicatos en Cali, en una columna
escrita en 2007, en la que acusó a Simtraemcali, Sintrateléfonos y Sintraunicol
de tener vínculos con las Farc.
Y el más
reciente caso es el de la periodista y hoy senadora Claudia López, y el
expresidente Ernesto Samper, quien la demandó por injuria y calumnia por una
columna publicada en 2006. En el texto la periodista no solo revivió la
narcofinanciación de esa campaña sino que asoció al expresidente con las
muertes de la monita retrechera y del chofer de Horacio Serpa. Aunque se
trataba de una insinuación de complicidad en homicidios sin ningún fundamento,
López fue absuelta por el juez 23 penal municipal de Bogotá.
Ahora bien,
casos como ese abren el debate de si las opiniones que dejan las personas en
internet, por más injustas que sean deben ser punibles o no. En las redes
sociales las palabras perra, ladrón, asesino, paraco o guerrillero son lo
normal. El expresidente Álvaro Uribe, gran combatiente en redes sociales, es
tal vez a su vez el colombiano que ha sido objeto de más calumnias e injurias
en esos medios. Si se va a penalizar con cárcel la agresión digital tendrían
que acabar tras las rejas no solo los miles de antiuribistas fanáticos sino de
pronto el propio expresidente quien también se desboca de vez en cuando.
Unos, como el experto Germán Rey, consideran que es totalmente absurdo, pues
“pese a los excesos, las opiniones deben ser libres y dejar que las reglas que
se imponen para participar o que los usuarios acuerdan, operen. De lo
contrario, si los jueces siguen adelante, habrá un maremágnum de juicios
inútiles que no servirán para reglamentarlo”.
Otros, como
el especialista Javier Darío Restrepo, consideran que la libertad de expresión
no es patente para agredir, injuriar o calumniar a quien se quiera. Tanto la
persona que lo hace como el medio que lo permite pueden ser demandados,
pues las personas que se sienten agredidas también tienen el derecho a
defenderse. “Los jueces deben determinar si hubo delito y poner una
sanción justa. El problema es que en el caso de Cali se trata más de una pelea
entre conocidos de un club social que un problema de opinión, de ahí la
polémica que ha desatado”.
Frente a lo
que está ocurriendo, es necesario llegar a un punto medio y trabajar más con la
pedagogía que con el garrote. Pues si el fallo de la Corte Suprema hace
carrera, las cárceles en Colombia se tendrán que multiplicar por diez frente a
las barbaridades, calumnias e injurias que a diario se consignan en internet.
¿Es mejor manejar el asunto de una manera pedagógica, con controles, tal y como
lo hace la mayoría de los medios? ¿O es mejor imponer una sanción penal
tan alta como la impuesta al internauta de Cali? La salida adecuada sería una
solución intermedia donde primen más las multas y las sanciones
económicas que las penas de cárcel.
En todo
caso, el debate está abierto.
¿Censura o fallo ejemplar?
Un fallo de
la Corte Suprema de Justicia abre el debate de si las opiniones en internet son
libres o si pueden ser castigadas con cárcel.
Miles
de colombianos podrían ir a la cárcel si hace carrera la polémica
decisión que acaba de tomar la Corte Suprema de Justicia de condenar a 18 meses
de prisión y multar con 9,5 millones de pesos a un internauta que puso un
comentario ofensivo en una noticia publicada en El País de Cali.
El episodio
comenzó a finales de 2008, cuando Gonzalo Hernán López, tras leer una noticia
sobre un caso de corrupción de Emcali, escribió con un seudónimo lo siguiente:
“Y con semejante rata como es Escalante, que hasta del Club Colombia y
Comfenalco la han echado por malos manejos qué se puede esperar… el ladrón
descubriendo ladrones? bah! (sic)”.
El
comentarista se refería a Gloria Lucía Escalante, exgerente administrativa de
esa empresa y actual gerente de la Federación Nacional de Departamentos. Al leer
el comentario, la funcionaria demandó por calumnia e injuria al comentarista,
quien terminó siendo, según la Fiscalía, un trabajador de sistemas del Club
Colombia. Tras un largo proceso judicial, finalmente la Corte Suprema rechazó
la solicitud de casación de López. Por el contrario, ratificó la condena
impuesta en segunda instancia para dar un castigo ejemplarizante ante quienes,
usando la amplia difusión que tienen los medios y las redes sociales, buscan
provocar “un daño en la honra de la persona”.
Este fallo
ha puesto sobre el tapete un debate clave. ¿Está la Corte Suprema tratando de
recortar los límites de libertad de expresión en Colombia? o ¿va a tratar, vía
sentencias, de ponerle reglas y orden a un medio en el que la anarquía, el
libertinaje y el insulto son el denominador común? Ese debate es más candente
aún en un país en el que difícilmente se pueden encontrar casos de periodistas,
columnistas o personas que hayan sido condenados o enviados a la cárcel por
expresar sus opiniones. En últimas, el Estado ha preferido una libertad de
expresión con excesos a cambio de regular un tema complejo que genera altísimas
sensibilidades. El propio Belisario Betancur se llenó de prestigio como
presidente cuando dijo que prefería una prensa desbocada a una amordazada.
Pero una
cosa es la libertad de expresión y otra usarla para calumniar o injuriar a
quien se quiera, sin saber que hacerlo puede tener consecuencias penales. La
calumnia se configura cuando una persona sindica a otra de un delito penal. Por
ejemplo, al decirle ladrón, violador, estafador, homicida o chanchullero. Por
su parte, la injuria ocurre cuando se trata de imputarle a una persona
conductas deshonrosas, que afectan su buen nombre o su posición social. Las más
comunes son decirle a otro ‘hijueputa’, ‘cabrón’, ‘levantado’ o ‘cachón’.
Para hacer este tipo de afirmaciones se requiere demostrarlo con hechos y
con la verdad.
Si bien la
injuria y la calumnia están tipificadas en el Código Penal con penas de hasta
54 y 72 meses de prisión, respectivamente, nunca alguien ha sido encarcelado
por ese motivo en la historia reciente. En la mayoría de los casos las personas
se retractan públicamente, hacen las aclaraciones en los medios o se llega a
una conciliación. El penalista J. J. García, quien trabaja desde hace años para
varios medios de comunicación, dijo a SEMANA que hasta el momento no conocía
una pena como la impuesta al internauta López.
Esto se debe
a que en Colombia, frente a lo que ocurre en Estados Unidos o varios países de
Europa, hay un concepto muy amplio de la libertad de expresión y la Justicia es
mucho más permisiva. Mientras que allá, a diario, es común leer sobre demandas
multimillonarias a medios, periodistas, líderes de opinión, empresarios o
personas del común por todo tipo de afirmaciones, en Colombia son una
excepción. Es más, muchos periodistas sacan pecho cuando los demandan por
sus publicaciones.
Sin embargo
internet y los medios multimedia están creando un escenario nuevo en el que los
usuarios, personas del común, no tienen claridad sobre estos conceptos y se
dejan contagiar del estilo tirapiedra que allí impera. En internet, acogidos
por el anonimato, se atreven a decir en público lo que por lo general estaba
reservado para la vida privada. Un ejemplo es el famoso caso del estudiante
Nicolás Castro, quien en 2009 se comprometió a matar a Jerónimo Uribe, hijo del
entonces presidente. Tras pasar un tiempo en la cárcel sindicado de instigar al
delito, dos años después un juez lo absolvió y cerró el caso.
Quizá uno de
los personajes de la vida pública que más líos jurídicos ha tenido por hablar
de más de la cuenta es el hoy senador José Obdulio Gaviria. En más de una
ocasión el exasesor de la Casa de Nariño tuvo que retractarse de duras
afirmaciones hechas a través de la columna que tenía en el periódico El Tiempo.
El episodio más reciente ocurrió en abril cuando Gaviria se retractó de las
acusaciones que había hecho sobre tres sindicatos en Cali, en una columna
escrita en 2007, en la que acusó a Simtraemcali, Sintrateléfonos y Sintraunicol
de tener vínculos con las Farc.
Y el más
reciente caso es el de la periodista y hoy senadora Claudia López, y el
expresidente Ernesto Samper, quien la demandó por injuria y calumnia por una
columna publicada en 2006. En el texto la periodista no solo revivió la
narcofinanciación de esa campaña sino que asoció al expresidente con las
muertes de la monita retrechera y del chofer de Horacio Serpa. Aunque se
trataba de una insinuación de complicidad en homicidios sin ningún fundamento,
López fue absuelta por el juez 23 penal municipal de Bogotá.
Ahora bien,
casos como ese abren el debate de si las opiniones que dejan las personas en
internet, por más injustas que sean deben ser punibles o no. En las redes
sociales las palabras perra, ladrón, asesino, paraco o guerrillero son lo
normal. El expresidente Álvaro Uribe, gran combatiente en redes sociales, es
tal vez a su vez el colombiano que ha sido objeto de más calumnias e injurias
en esos medios. Si se va a penalizar con cárcel la agresión digital tendrían
que acabar tras las rejas no solo los miles de antiuribistas fanáticos sino de
pronto el propio expresidente quien también se desboca de vez en cuando.
Unos, como el experto Germán Rey, consideran que es totalmente absurdo, pues
“pese a los excesos, las opiniones deben ser libres y dejar que las reglas que
se imponen para participar o que los usuarios acuerdan, operen. De lo
contrario, si los jueces siguen adelante, habrá un maremágnum de juicios
inútiles que no servirán para reglamentarlo”.
Otros, como
el especialista Javier Darío Restrepo, consideran que la libertad de expresión
no es patente para agredir, injuriar o calumniar a quien se quiera. Tanto la
persona que lo hace como el medio que lo permite pueden ser demandados,
pues las personas que se sienten agredidas también tienen el derecho a
defenderse. “Los jueces deben determinar si hubo delito y poner una
sanción justa. El problema es que en el caso de Cali se trata más de una pelea
entre conocidos de un club social que un problema de opinión, de ahí la
polémica que ha desatado”.
Frente a lo
que está ocurriendo, es necesario llegar a un punto medio y trabajar más con la
pedagogía que con el garrote. Pues si el fallo de la Corte Suprema hace
carrera, las cárceles en Colombia se tendrán que multiplicar por diez frente a
las barbaridades, calumnias e injurias que a diario se consignan en internet.
¿Es mejor manejar el asunto de una manera pedagógica, con controles, tal y como
lo hace la mayoría de los medios? ¿O es mejor imponer una sanción penal
tan alta como la impuesta al internauta de Cali? La salida adecuada sería una
solución intermedia donde primen más las multas y las sanciones
económicas que las penas de cárcel.
En todo
caso, el debate está abierto.